C. JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA PENAL EN TURNO
EN ______________________________
P R E S E N T E.
________________________________________, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ________________________________________________________________________, autorizando en términos del artículo 12 de la Ley de Amparo a los Licenciados en Derecho ________________________________________, así como a los CC. ________________________________________, respetuosamente comparezco para exponer:
Con fundamento en los artículos 1°, 14, 16, 18, 20, 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 5, 6, 17, 107, 108 y demás relativos de la Ley de Amparo, promuevo JUICIO DE AMPARO INDIRECTO contra los actos y autoridades que posteriormente se precisan, relacionados con la conservación, tratamiento y/o utilización de registros derivados de causas penales seguidas en mi contra, respecto de las cuales no existe sentencia condenatoria ejecutoriada que jurídicamente permita atribuirme la calidad de persona con antecedentes penales, conforme a los hechos y conceptos de violación siguientes.
I. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO
Han quedado señalados en el proemio de esta demanda.
II. TERCERO INTERESADO
Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que no existe tercero interesado, salvo que de los informes rendidos por las autoridades responsables se desprenda persona alguna con tal carácter.
III. AUTORIDADES RESPONSABLES
Se señalan, según corresponda al origen concreto del registro, las siguientes:
A) AUTORIDAD RESPONSABLE
________________________________________, autoridad encargada de administrar, conservar, actualizar o expedir información relacionada con antecedentes penales.
Domicilio oficial:
________________________________________________________________________.
B)
SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA, por conducto de la unidad administrativa competente respecto del Sistema Nacional de Información correspondiente, únicamente si efectivamente interviene en la conservación o tratamiento del registro reclamado.
C)
AUTORIDAD PENITENCIARIA DE ______________________________, cuando resulte responsable de la información contenida en la base de datos correspondiente.
D)
FISCALÍA GENERAL DE ______________________________, por conducto del área responsable de identificación, archivo, antecedentes o registros criminales, únicamente respecto de la información que se encuentre bajo su administración.
E)
Cualquier otra autoridad que de los informes rendidos resulte responsable directa de conservar, utilizar o proporcionar los registros reclamados.
IV. ACTOS RECLAMADOS
De las autoridades responsables reclamo, de acuerdo con sus respectivas atribuciones:
PRIMERO
La negativa expresa contenida en el oficio/resolución número ________________________, de fecha ___ de __________________ de ________, mediante la cual se negó la cancelación, rectificación o actualización de los registros relacionados con las causas penales:
1. Causa penal: ______________________________.
2. Causa penal: ______________________________.
3. Causa penal: ______________________________.
SEGUNDO
La conservación y utilización de dichos registros para atribuir al suscrito antecedentes penales, pese a que las causas referidas no culminaron con sentencia condenatoria ejecutoriada.
TERCERO
La inclusión de las referidas causas en constancias, certificados, informes o consultas como si constituyeran antecedentes penales del suscrito.
CUARTO
La omisión de distinguir entre la existencia histórica de una causa o proceso penal y la existencia jurídica de una sentencia condenatoria ejecutoriada.
QUINTO
La omisión de cancelar, actualizar o rectificar, para efectos de la emisión de la constancia de antecedentes penales, la información cuando se actualice alguno de los supuestos previstos en el artículo 27, fracción V, de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
SEXTO
Todos los efectos y consecuencias presentes derivados directamente de los actos anteriormente señalados.
V. PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS
Se estiman vulnerados los artículos 1°, 14, 16 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente los derechos de:
- Legalidad.
- Seguridad jurídica.
- Presunción de inocencia.
- Protección de datos personales.
- Dignidad humana.
- Debido proceso.
- Igualdad y no discriminación.
VI. ANTECEDENTES Y HECHOS
PRIMERO
El suscrito fue relacionado con las siguientes causas penales:
CAUSA PENAL: ______________________________.
JUZGADO: __________________________________.
DELITO: ___________________________________.
AÑO: ______________________________________.
FORMA EN QUE CONCLUYÓ: ____________________.
Asimismo:
CAUSA PENAL: ______________________________.
JUZGADO: __________________________________.
DELITO: ___________________________________.
AÑO: ______________________________________.
FORMA EN QUE CONCLUYÓ: ____________________.
SEGUNDO
Respecto de las causas anteriormente señaladas, no existe sentencia condenatoria ejecutoriada en mi contra.
En particular, la causa número ________________________ concluyó mediante:
☐ Libertad.
☐ No ejercicio de la acción penal.
☐ Sobreseimiento.
☐ Sentencia absolutoria.
☐ Extinción de la acción penal.
☐ Otra resolución:
________________________________________________________________________.
TERCERO
A pesar de lo anterior, al realizar el trámite de:
________________________________________________________________________,
tuve conocimiento de que las autoridades responsables conservan y/o utilizan las citadas causas de forma que producen el efecto de atribuirme antecedentes penales.
CUARTO
Con fecha ___ de __________________ de ________, solicité ante:
________________________________________________________________________
la cancelación, rectificación o actualización de la información correspondiente.
QUINTO
Mediante oficio/resolución número ________________________, notificado el día ___ de __________________ de ________, la autoridad determinó:
________________________________________________________________________
________________________________________________________________________.
SEXTO
La determinación me causa afectación porque las causas registradas no culminaron con sentencia condenatoria ejecutoriada y, no obstante, la información está siendo tratada de manera que produce efectos propios de un antecedente penal.
SÉPTIMO
La situación me ha producido las siguientes consecuencias:
________________________________________________________________________
________________________________________________________________________.
OCTAVO
La pretensión constitucional del suscrito no consiste en ordenar la destrucción indiscriminada de archivos judiciales históricos ni impedir a las autoridades conservar información que legalmente deban resguardar para fines legítimos.
Lo que se reclama es que tales registros no sean utilizados ni exteriorizados como antecedentes penales cuando jurídicamente no tienen esa naturaleza y que se realice la cancelación, actualización o rectificación que legalmente corresponda para efectos de las constancias respectivas.
VII. PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO
El presente juicio resulta procedente al reclamarse actos y omisiones provenientes de autoridades distintas de tribunales que afectan actualmente la esfera jurídica del quejoso, particularmente el tratamiento y utilización de información penal y la negativa de realizar la cancelación o rectificación solicitada.
Existe afectación personal y directa porque:
________________________________________________________________________
________________________________________________________________________.
La demanda no se dirige abstractamente contra la mera existencia histórica de expedientes judiciales, sino contra un acto concreto y actual de aplicación, negativa, tratamiento o utilización de dichos registros.
VIII. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN
PRIMERO. VIOLACIÓN A LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
El acto reclamado vulnera los artículos 1° y 20 constitucionales al producir materialmente el efecto de tratar al quejoso como persona con antecedentes penales a partir de la sola existencia de causas penales que no culminaron con sentencia condenatoria ejecutoriada.
La existencia de una investigación, imputación o proceso penal no equivale jurídicamente a una condena.
Mientras no exista una sentencia condenatoria firme, no puede atribuirse al gobernado la condición jurídica derivada de haber sido declarado penalmente responsable.
Por tanto, utilizar simples registros de causas penales como equivalente de antecedentes penales genera una consecuencia desfavorable incompatible con la presunción de inocencia.
SEGUNDO. VIOLACIÓN A LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA
El artículo 16 constitucional exige que toda actuación de autoridad que afecte la esfera jurídica de una persona se encuentre debidamente fundada y motivada.
En el presente asunto, la responsable pretende justificar la permanencia y utilización de los registros con fundamento en:
________________________________________________________________________.
Sin embargo, no explica por qué una causa penal que no culminó con sentencia condenatoria ejecutoriada puede ser utilizada para producir los mismos efectos jurídicos que un antecedente penal.
Existe, por tanto, una indebida correspondencia entre los hechos existentes y la consecuencia jurídica atribuida al suscrito.
TERCERO. VIOLACIÓN AL ARTÍCULO 27 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL
El artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal establece reglas específicas respecto de las bases de datos y de la expedición de constancias relativas a antecedentes penales.
Su fracción V contempla diversos supuestos en los que la información debe cancelarse para efectos de la emisión de la constancia de antecedentes penales, entre ellos, según corresponda al caso concreto:
a) Cuando se resuelva la libertad de la persona detenida.
b) Cuando durante la investigación no se reúnan los elementos necesarios para ejercer acción penal.
c) Cuando se determine la inocencia.
d) Cuando el proceso concluya mediante sentencia absolutoria firme.
e) Cuando exista sobreseimiento respecto de la totalidad de los delitos de la causa.
En el caso concreto se actualiza el supuesto consistente en:
________________________________________________________________________.
Por tanto, resulta contrario a derecho que la responsable continúe utilizando dicha información para atribuir al suscrito antecedentes penales.
CUARTO. INDEBIDA EQUIPARACIÓN ENTRE CAUSA PENAL Y ANTECEDENTE PENAL
La autoridad responsable parte de una premisa jurídicamente incorrecta al equiparar la existencia de una causa penal con una sentencia condenatoria.
Una causa penal constituye el registro de un procedimiento jurisdiccional; por sí misma no demuestra que la persona haya sido declarada penalmente responsable.
En consecuencia, la existencia de los expedientes:
________________________________________________________________________
no autoriza por sí sola a las responsables a afirmar que el quejoso cuenta con antecedentes penales.
QUINTO. DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
La información relacionada con procedimientos penales constituye información personal particularmente sensible y su tratamiento debe encontrarse justificado por una finalidad constitucional y legalmente válida.
Aunque las autoridades puedan encontrarse facultadas para conservar determinados registros internos por razones institucionales, ello no significa que puedan utilizarlos indiscriminadamente para producir consecuencias desfavorables contra una persona que carece de sentencia condenatoria ejecutoriada.
Por ello debe distinguirse entre:
a) conservación histórica o institucional del expediente;
b) tratamiento interno legalmente autorizado; y
c) utilización de la información para atribuir antecedentes penales.
Lo reclamado se dirige particularmente contra este último efecto y contra la negativa de actualizar o cancelar la información en los términos legalmente procedentes.
SEXTO. FALTA DE DEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LA NEGATIVA
La resolución reclamada carece de debida fundamentación y motivación porque la autoridad no analizó individualmente:
- La situación procesal de cada causa penal.
- La forma en que concluyó cada procedimiento.
- La inexistencia de sentencia condenatoria ejecutoriada.
- La aplicabilidad del artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
- Los efectos jurídicos que actualmente producen los registros.
En consecuencia, la negativa reclamada vulnera el artículo 16 constitucional.
IX. SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO
Con fundamento en los artículos 125, 128 y demás relativos de la Ley de Amparo, solicito la suspensión provisional y, en su oportunidad, definitiva.
La medida se solicita para que, mientras se resuelve el presente juicio:
A)
Las autoridades responsables se abstengan de emitir constancias dirigidas al quejoso en las que las causas penales señaladas sean presentadas como sentencias condenatorias o antecedentes penales, cuando no tengan jurídicamente esa naturaleza.
B)
Se abstengan de proporcionar a terceros dicha información fuera de los supuestos expresamente permitidos por la legislación.
C)
Se conserve íntegramente la información y expedientes necesarios para resolver el juicio de amparo, sin alterarlos, destruirlos o modificarlos.
La suspensión solicitada no pretende destruir archivos judiciales ni obstaculizar investigaciones legítimas, sino impedir que durante la tramitación del amparo continúen produciéndose los efectos constitucionalmente reclamados.
X. PRUEBAS
1. DOCUMENTAL PÚBLICA
Consistente en la constancia de antecedentes penales expedida con fecha ___ de __________________ de ________.
2. DOCUMENTAL PÚBLICA
Consistente en el oficio/resolución número ________________________, mediante el cual se negó la cancelación, rectificación o actualización solicitada.
3. DOCUMENTALES PÚBLICAS
Consistentes en las constancias correspondientes a las causas penales:
________________________________________.
Con ellas se pretende acreditar la existencia de los procedimientos y su situación jurídica.
4. DOCUMENTALES PÚBLICAS
Consistentes en las resoluciones de:
☐ Libertad.
☐ Sobreseimiento.
☐ Absolución.
☐ No ejercicio.
☐ Extinción.
☐ Otra:
________________________________________________________________________.
5. INFORME JUSTIFICADO
A cargo de cada una de las autoridades responsables.
Solicito que al rendirlo remitan la totalidad de los antecedentes relacionados con los registros reclamados y precisen:
a) Qué información conservan respecto del quejoso.
b) De qué autoridad proviene.
c) Cuál es la situación jurídica registrada respecto de cada causa.
d) Si existe sentencia condenatoria ejecutoriada.
e) Con qué fundamento conservan dicha información.
f) Para qué finalidades puede ser consultada.
g) Si aparece en la emisión de constancias de antecedentes penales.
6. PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA
En todo aquello que favorezca al quejoso.
7. INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES
Consistente en todas las constancias que integren el presente juicio.
XI. SUPLENCIA DE LA QUEJA
Al tratarse de un asunto relacionado con materia penal, solicito que se aplique, cuando legalmente corresponda, la suplencia de la deficiencia de los conceptos de violación prevista por la Ley de Amparo, privilegiando la protección más amplia de los derechos fundamentales del quejoso.
XII. PUNTOS PETITORIOS
PRIMERO
Tenerme por presentado promoviendo JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.
SEGUNDO
Admitir la presente demanda.
TERCERO
Tener como autoridades responsables a las señaladas y requerirles sus respectivos informes.
CUARTO
Requerir a las responsables para que remitan la información necesaria para conocer la situación jurídica exacta de cada causa penal registrada a nombre del suscrito.
QUINTO
Conceder la suspensión provisional y, posteriormente, definitiva en los términos solicitados.
SEXTO
Tener por ofrecidas las pruebas.
SÉPTIMO
En su oportunidad, dictar sentencia concediendo al suscrito el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL.
OCTAVO
Como efecto de la concesión, dejar insubsistente la resolución mediante la cual se negó la cancelación, rectificación o actualización solicitada.
NOVENO
Ordenar a las autoridades responsables analizar individualmente cada una de las causas penales y determinar su situación jurídica conforme al artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
DÉCIMO
Cuando se actualice alguno de los supuestos legales, ordenar la cancelación de la información para efectos de la emisión de la constancia de antecedentes penales, así como su correcta actualización en los sistemas correspondientes.
DÉCIMO PRIMERO
Ordenar a las responsables abstenerse de considerar o exteriorizar como antecedente penal una simple causa penal que no haya culminado con sentencia condenatoria ejecutoriada, salvo los usos internos o institucionales que expresamente autorice la legislación.
PROTESTO LO NECESARIO
________________________________________, a ___ de __________________ de 2026.
NOMBRE Y FIRMA DEL QUEJOSO
ABOGADO AUTORIZADO
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