C. MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA CIVIL Y ADMINISTRATIVA EN TURNO
P R E S E N T E
________________________________________, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ________________________________________, autorizando en términos amplios de la Ley de Amparo a los Licenciados ________________________________________, así como a los CC. ________________________________________, respetuosamente comparezco para exponer:
I. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO
Han quedado precisados en el proemio de la presente demanda.
II. TERCERO INTERESADO
Tiene el carácter de tercero interesado el C. ________________________________________, con domicilio ubicado en ________________________________________.
III. AUTORIDAD RESPONSABLE
Se señala como autoridad responsable a:
La Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de __________________, o en su caso:
El Juez __________________ Familiar del Distrito Judicial de __________________, quien emitió la sentencia definitiva reclamada.
IV. ACTO RECLAMADO
La sentencia definitiva de fecha ___ de __________ de 20___, dictada dentro del expediente número ________________________, relativo al juicio de alimentos promovido por ________________________________________.
V. PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS
Se estiman violados los artículos:
- 1
- 4
- 14
- 16
- 17
- 107
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VI. ANTECEDENTES
PRIMERO
Con fecha ___ de __________ de 20___ fue promovido juicio de alimentos ante el Juzgado Familiar competente.
SEGUNDO
Durante el procedimiento ambas partes ofrecieron y desahogaron las pruebas correspondientes.
TERCERO
Concluida la instrucción, la autoridad responsable dictó sentencia definitiva.
CUARTO
El suscrito fue notificado de dicha resolución el día ___ de __________ de 20___.
QUINTO
La sentencia causa agravio al suscrito al contener diversas violaciones constitucionales que se exponen en los siguientes conceptos de violación.
VII. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN
PRIMERO
Violación al principio de fundamentación y motivación
La sentencia reclamada vulnera los artículos 14 y 16 constitucionales al omitir expresar de manera clara y suficiente las razones jurídicas que justifican la determinación adoptada.
La autoridad responsable se limita a realizar afirmaciones genéricas sin explicar por qué otorga determinado valor probatorio a ciertos medios de convicción y por qué desestima otros.
Ello impide conocer el razonamiento lógico-jurídico seguido para arribar a la conclusión contenida en la sentencia.
SEGUNDO
Violación al principio de exhaustividad
La autoridad responsable omitió estudiar todos los argumentos oportunamente planteados por las partes.
Existen hechos y pruebas cuya valoración fue completamente omitida, provocando una resolución incompleta y carente de congruencia.
La obligación de exhaustividad exige que el órgano jurisdiccional analice todas las cuestiones sometidas a su consideración.
TERCERO
Incorrecta valoración de las pruebas
La sentencia reclamada realiza una valoración aislada y parcial de las pruebas desahogadas durante el procedimiento.
No existe una apreciación integral del material probatorio, lo que conduce a conclusiones carentes de sustento jurídico.
Como consecuencia, la determinación sobre la pensión alimenticia no refleja adecuadamente la realidad económica de las partes.
CUARTO
Violación al principio de proporcionalidad de los alimentos
La autoridad responsable fijó la pensión alimenticia sin realizar un análisis suficiente respecto de:
- las necesidades reales del acreedor alimentista;
- la capacidad económica del deudor;
- las cargas familiares existentes;
- los ingresos efectivos;
- el principio de proporcionalidad.
En consecuencia, la sentencia carece de un adecuado equilibrio entre necesidad y posibilidad económica.
QUINTO
Violación al derecho de tutela judicial efectiva
La resolución impugnada vulnera el artículo 17 constitucional al no brindar una respuesta jurisdiccional completa, congruente y debidamente fundada respecto de todas las cuestiones planteadas en el juicio.
VIII. DERECHO
Son aplicables los artículos 1, 4, 14, 16, 17 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo, resultan aplicables las disposiciones de la Ley de Amparo, del Código Civil y de la legislación procesal familiar aplicable, así como los principios de interés superior de la niñez, proporcionalidad, igualdad procesal, debido proceso y tutela judicial efectiva.
IX. PRUEBAS
DOCUMENTAL PÚBLICA
Sentencia definitiva reclamada.
DOCUMENTAL PÚBLICA
Constancia de notificación de la sentencia.
DOCUMENTAL PÚBLICA
Expediente judicial remitido por la autoridad responsable.
INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES
Consistente en todas las actuaciones del juicio natural.
PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA
En todo aquello que favorezca a los intereses del quejoso.
X. PUNTOS PETITORIOS
PRIMERO
Tenerme por presentado promoviendo demanda de Amparo Directo.
SEGUNDO
Requerir a la autoridad responsable para que remita los autos originales del juicio natural, así como rinda el informe con justificación correspondiente.
TERCERO
Admitir la presente demanda.
CUARTO
Tener por ofrecidas las pruebas.
QUINTO
Previos los trámites legales, conceder el amparo y protección de la Justicia Federal.
SEXTO
Dejar insubsistente la sentencia reclamada y ordenar a la autoridad responsable emitir una nueva resolución en la que subsane las violaciones constitucionales advertidas, valorando integralmente las pruebas, atendiendo todos los agravios planteados y fundando y motivando debidamente su determinación.
PROTESTO LO NECESARIO
Lugar y fecha.
NOMBRE Y FIRMA DEL QUEJOSO
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