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DEMANDA DE RÉGIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIAS

Promovida respecto de hija o hijo cuya madre es adolescente menor de edad — Ciudad de México

C. JUEZA O JUEZ DE LO FAMILIAR DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN TURNO

P R E S E N T E.

________________________________________, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en ________________________________________, autorizando para tales efectos a los Licenciados en Derecho ________________________________________, así como a los CC. ________________________________________, respetuosamente comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito vengo a promover CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR SOBRE FIJACIÓN DE RÉGIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIAS, respecto de mi menor hijo(a) ________________________________________, frente a la C. ________________________________________, madre adolescente del niño o niña, quien actualmente cuenta con ______ años de edad y puede ser localizada en el domicilio ubicado en:

__________________________________________________________________________.

La presente acción se promueve atendiendo primordialmente al interés superior de la niñez, toda vez que el derecho de convivencia corresponde fundamentalmente a la niña o niño, quien tiene derecho a mantener relaciones personales y contacto regular con ambos progenitores, salvo que exista causa jurídicamente justificada para restringirlo.

I. PRESTACIONES

A)

La fijación judicial de un régimen provisional y, en su momento, definitivo de visitas y convivencias entre el suscrito y mi menor hijo(a) ________________________________________.

B)

Que provisionalmente se establezcan los días, horarios, lugar, forma de entrega y recepción del menor que este H. Juzgado considere adecuados conforme a su edad y circunstancias particulares.

C)

Que en sentencia definitiva se establezca un régimen de convivencia suficiente, periódico, progresivo y adecuado que permita preservar y fortalecer el vínculo paterno/materno-filial.

D)

Que se ordene a quien materialmente tenga bajo su cuidado al menor abstenerse de impedir, obstaculizar o condicionar injustificadamente las convivencias decretadas judicialmente.

E)

Que, de estimarlo necesario este H. Juzgado atendiendo a la edad del niño(a), al tiempo transcurrido sin convivencia o a sus circunstancias familiares, inicialmente se establezcan convivencias progresivas o supervisadas, pudiendo ampliarse posteriormente conforme resulte benéfico para el menor.

F)

Que se determine un régimen de comunicación telefónica y por videollamada entre el suscrito y mi hijo(a), en días y horarios razonables.

G)

Que se dé intervención a las autoridades e instituciones de protección de niñas, niños y adolescentes que legalmente corresponda, particularmente tomando en consideración que tanto el niño(a) como su madre son personas menores de edad.

H)

Que se dicten todas las medidas provisionales necesarias para garantizar el interés superior, estabilidad emocional, integridad y sano desarrollo del niño(a).

II. HECHOS

PRIMERO

El suscrito y la C. ________________________________________ mantuvimos una relación de carácter sentimental, de la cual nació nuestro hijo(a) ________________________________________, el día ___ de __________ de ________.

Lo anterior se acredita mediante copia certificada del acta de nacimiento que acompaño a esta demanda.

SEGUNDO

El suscrito aparece reconocido como progenitor en el acta de nacimiento correspondiente y, por tanto, existe legalmente el vínculo de filiación respecto del menor.

TERCERO

La madre de mi hijo(a), C. ________________________________________, actualmente tiene ______ años de edad, por lo que es adolescente y menor de dieciocho años.

Tal circunstancia debe ser considerada especialmente por este H. Juzgado, no para restringir sus derechos como madre, sino para adoptar las medidas procesales y de protección que correspondan conforme a su condición de persona adolescente.

CUARTO

Desde el nacimiento de mi hijo(a), el suscrito ha manifestado interés en participar activamente en su crianza, desarrollo y formación, así como en mantener una relación afectiva constante con él/ella.

Asimismo, he contribuido a su manutención de la siguiente manera:

__________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________.

QUINTO

Actualmente el menor se encuentra bajo el cuidado material de su madre y/o de:

__________________________________________________________________________.

SEXTO

No obstante mi voluntad de mantener una relación constante con mi hijo(a), desde aproximadamente el día ___ de __________ de ________, se me ha impedido o dificultado convivir regularmente con él/ella.

Las circunstancias concretas han sido las siguientes:

__________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________.

SÉPTIMO

He intentado resolver esta situación de manera pacífica y establecer de común acuerdo días y horarios para convivir con mi hijo(a); sin embargo, no ha sido posible alcanzar un acuerdo estable que garantice la continuidad de dichas convivencias.

OCTAVO

Mi intención no consiste en separar al niño(a) de su madre ni afectar la relación materno-filial.

Por el contrario, solicito exclusivamente que exista certeza jurídica respecto de la forma en que el menor podrá mantener una relación sana, constante y segura con ambos progenitores, siempre bajo las condiciones que este H. Juzgado estime más favorables para su desarrollo.

NOVENO

El suscrito cuenta con condiciones personales y materiales adecuadas para convivir con mi hijo(a), pudiendo proporcionar durante los periodos correspondientes un ambiente seguro y apropiado.

Mi domicilio se encuentra ubicado en:

__________________________________________________________________________.

DÉCIMO

No existe, hasta donde tengo conocimiento, circunstancia que represente peligro para la integridad física, psicológica o sexual de mi hijo(a) durante las convivencias conmigo.

En caso de existir alguna manifestación en sentido contrario, solicito que ésta sea analizada objetivamente mediante los medios probatorios y valoraciones especializadas correspondientes, privilegiando en todo momento el interés superior del niño(a).

DÉCIMO PRIMERO

Ante la imposibilidad de establecer voluntariamente un régimen estable de convivencia, resulta necesaria la intervención judicial para determinar las condiciones que permitan al menor ejercer efectivamente su derecho a mantener contacto y relaciones personales con ambos progenitores.

III. MEDIDAS PROVISIONALES

Atendiendo a la naturaleza familiar del asunto y al interés superior del niño(a), solicito que desde la admisión de la presente demanda se determine provisionalmente un régimen de convivencia.

Propongo, sujeto siempre a lo que este H. Juzgado considere más conveniente para el menor, el siguiente:

A)

Convivencia los días sábado de cada semana, en horario de ______ a ______ horas.

B)

La entrega y recepción del menor se realizará en:

__________________________________________________________________________.

C)

Cuando las circunstancias lo permitan y resulte acorde con la edad y desarrollo del menor, las convivencias podrán ampliarse progresivamente a fines de semana alternados.

D)

Se permita comunicación mediante llamada telefónica o videollamada los días ____________________, en horario de ______ a ______ horas.

E)

Durante periodos vacacionales, cumpleaños y fechas relevantes, se establezca una distribución equitativa y progresiva de las convivencias.

Para el supuesto de que este H. Juzgado considere necesario un periodo previo de adaptación, solicito que las primeras convivencias puedan desarrollarse bajo la modalidad que judicialmente se determine, incluso de manera supervisada, y posteriormente sean ampliadas conforme a los resultados obtenidos.

IV. INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ

La presente controversia debe resolverse considerando primordialmente el interés superior del niño(a) y no como un conflicto de intereses exclusivamente entre sus progenitores.

El artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos obliga a que en todas las decisiones del Estado relacionadas con niñas y niños se vele y cumpla con dicho principio.

En la Ciudad de México, el artículo 416 Bis del Código Civil reconoce expresamente el derecho de las hijas e hijos sujetos a patria potestad a convivir con ambos progenitores aunque éstos no vivan bajo el mismo techo y establece que las relaciones personales no deben impedirse sin justa causa. Su limitación o suspensión requiere intervención judicial y debe responder a circunstancias relacionadas con el bienestar e integridad del menor.

Por tanto, el régimen solicitado no constituye únicamente una prerrogativa del suscrito, sino un mecanismo para garantizar el derecho de mi hijo(a) a mantener relaciones familiares con ambos progenitores.

V. CONDICIÓN DE ADOLESCENTE DE LA MADRE

El hecho de que la madre sea menor de dieciocho años no constituye, por sí mismo, una razón para privarla de sus derechos respecto de su hijo(a).

Su condición de adolescente obliga, por el contrario, a que el procedimiento se desarrolle bajo un enfoque reforzado de protección de derechos, evitando que su edad sea utilizada automáticamente como elemento de descalificación de su capacidad parental.

En consecuencia, solicito que este H. Juzgado adopte las medidas necesarias para garantizar tanto los derechos del niño(a) cuya convivencia constituye la materia principal del juicio, como los derechos procesales y sustantivos que correspondan a su madre adolescente.

VI. DERECHO DEL MENOR A SER ESCUCHADO

Cuando la edad y grado de madurez del niño(a) lo permitan, deberá garantizarse su derecho a participar y ser escuchado conforme a las condiciones establecidas legalmente.

El artículo 417 del Código Civil para el Distrito Federal, vigente en la Ciudad de México, dispone que en los desacuerdos relativos a convivencias debe escucharse a las personas menores de edad tomando en consideración su edad y facilidad de comunicación y expresión; además, prevé asistencia especializada para facilitar una comunicación libre y protegerlas psicoemocionalmente durante la audiencia.

VII. DERECHO

Resultan aplicables los artículos 1°, 4°, 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En cuanto al fondo, resultan aplicables los artículos 416, 416 Bis, 417, 417 Bis y demás relativos del Código Civil para el Distrito Federal, vigente en la Ciudad de México, relacionados con patria potestad, obligaciones de crianza, convivencia y protección del interés superior de niñas, niños y adolescentes. El marco capitalino reconoce que la convivencia debe analizarse fundamentalmente como un derecho de la niñez y no como una prerrogativa arbitraria de alguno de los progenitores.

En cuanto al procedimiento, deberá atenderse al régimen procesal vigente para la Ciudad de México al momento de presentar la demanda. La implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en la capital ha sido objeto de modificaciones recientes en su calendario, por lo que debe verificarse la vía vigente ante el Poder Judicial de la Ciudad de México al momento de presentación.

VIII. PRUEBAS

DOCUMENTAL PÚBLICA

Consistente en copia certificada del acta de nacimiento del menor ________________________________________, con la cual acredito la filiación existente.

DOCUMENTAL PÚBLICA

Consistente en copia certificada del acta de nacimiento de la madre adolescente, en caso de contar con ella, para acreditar su edad.

DOCUMENTALES PRIVADAS

Consistentes en mensajes, conversaciones, correos electrónicos y demás comunicaciones mediante las cuales se acreditan las solicitudes realizadas para convivir con mi hijo(a) y, en su caso, las negativas u obstáculos opuestos.

DOCUMENTALES

Consistentes en comprobantes de depósitos, transferencias, compras, gastos médicos, alimentos, ropa y demás erogaciones realizadas en beneficio del menor.

TESTIMONIAL

A cargo de:

1. ________________________________________.

2. ________________________________________.

Quienes declararán respecto de los hechos relacionados con la convivencia, vínculo existente entre el promovente y su hijo(a), así como las circunstancias que les consten directamente.

PERICIAL EN PSICOLOGÍA

Para el supuesto de que este H. Juzgado lo considere necesario, solicito valoración psicológica de las personas que corresponda, con la finalidad de determinar las condiciones más adecuadas para establecer las convivencias, evitando cualquier afectación emocional al niño(a).

ESTUDIO DE TRABAJO SOCIAL

Solicito se practique estudio socioeconómico y de trabajo social en el domicilio del suscrito, cuando este H. Juzgado lo estime pertinente, para acreditar las condiciones existentes para recibir al menor durante las convivencias.

PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA

En todo aquello que favorezca al interés superior del menor y a las pretensiones planteadas.

INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES

Consistente en todas las actuaciones que integren el expediente y favorezcan a los intereses jurídicos involucrados.

IX. PUNTOS PETITORIOS

PRIMERO

Tenerme por presentado promoviendo controversia familiar sobre fijación de régimen de visitas y convivencias respecto de mi menor hijo(a) ________________________________________.

SEGUNDO

Admitir la presente demanda y ordenar el emplazamiento correspondiente, adoptando las medidas procesales necesarias en virtud de que la madre del niño(a) es también persona adolescente menor de edad.

TERCERO

Dar la intervención que legalmente corresponda al Ministerio Público, Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México y demás autoridades de protección de niñas, niños y adolescentes, cuando resulte procedente.

CUARTO

Decretar provisionalmente un régimen de visitas y convivencias que permita preservar el vínculo entre el suscrito y mi hijo(a), atendiendo a su edad, necesidades y circunstancias particulares.

QUINTO

Tener por ofrecidas las pruebas señaladas y ordenar su preparación y desahogo conforme a derecho.

SEXTO

En caso de resultar necesario, ordenar la práctica de valoraciones psicológicas y estudios de trabajo social que permitan determinar las modalidades de convivencia más favorables para el niño(a).

SÉPTIMO

Garantizar, cuando corresponda conforme a su edad y madurez, el derecho del niño(a) a ser escuchado bajo condiciones adecuadas y sin colocarlo en un conflicto de lealtades entre sus progenitores.

OCTAVO

Previos los trámites legales correspondientes, dictar sentencia definitiva estableciendo un régimen de visitas y convivencias periódico, suficiente, progresivo y acorde con el interés superior del niño(a).

NOVENO

Ordenar a las personas involucradas abstenerse de impedir u obstaculizar injustificadamente el régimen de convivencia que judicialmente sea establecido.

PROTESTO LO NECESARIO

Ciudad de México, a ___ de __________________ de 20___.


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