En esta sesión, exploraremos el fascinante mundo del marco legal de la rescisión laboral en México, ¡y descubriremos por qué solo por ciertas cosas te pueden despedir!
- Engaño por parte del trabajador al presentar certificados falsos o referencias con información inexacta sobre sus capacidades.
- Faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento y/o acoso sexual por parte del trabajador contra el patrón, sus familiares, personal directivo o administrativo, clientes o proveedores.
- Cometer actos enumerados en la fracción anterior contra compañeros, causando alteración de la disciplina en el lugar de trabajo.
- Cometer actos graves fuera del servicio contra el patrón o su personal, que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo.
- Causar intencionalmente perjuicios materiales durante el trabajo.
- Causar perjuicios graves sin dolo pero con negligencia, siendo esta la causa única del perjuicio.
- Comprometer la seguridad del establecimiento o las personas por imprudencia o descuido inexcusable.
- Cometer actos inmorales, de hostigamiento o acoso sexual en el lugar de trabajo.
- Revelar secretos de fabricación o información confidencial de la empresa.
- Acumular más de tres faltas de asistencia injustificadas en un periodo de treinta días.
- Desobedecer al patrón sin causa justificada.
- Negarse a adoptar medidas preventivas para evitar accidentes o enfermedades.
- Concurrir al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas, salvo prescripción médica.
- Ser sentenciado a prisión, lo que impida el cumplimiento de la relación laboral.
- La falta de documentos necesarios para el trabajo imputable al trabajador, excediendo el plazo establecido.
El patrón debe notificar por escrito al trabajador las conductas que motivan la rescisión, entregándole personalmente el aviso o comunicándolo al Tribunal. La falta de aviso se presume como despido injustificado, salvo prueba en contrario.
El trabajador puede solicitar reinstalación o indemnización ante la Autoridad Conciliadora o el Tribunal si no hay arreglo conciliatorio. Si el patrón no prueba la causa de la rescisión, el trabajador tiene derecho a salarios vencidos y, si procede, a intereses.
En casos específicos, el patrón puede eximirse de la obligación de reinstalación mediante el pago de indemnizaciones, como en relaciones laborales menores a un año, trabajadores de confianza, trabajo del hogar y trabajadores eventuales.
Las indemnizaciones por rescisión dependen del tipo de relación laboral y la duración de los servicios prestados.
En resumen, la Ley Federal del Trabajo establece un marco legal detallado para la rescisión de la relación laboral, tanto desde la perspectiva del patrón como del trabajador, con el fin de proteger los derechos y establecer procedimientos justos en caso de terminación del empleo.