J JURIDITEC Derecho + Tecnología
Inicio Cursos
Herramientas
Calculadora de finiquito Vacaciones y prima vacacional Calculadora de aguinaldo
Formatos
+4,000 formatos legales Formatos gratuitos Documento Legal Express
Juriditec
Blog Contacto Mi cuenta

CONTESTACIÓN DE DEMANDA LABORAL POR SUPUESTO DESPIDO INJUSTIFICADO

RESCISIÓN JUSTIFICADA POR INASISTENCIAS INJUSTIFICADAS

EXPEDIENTE: ______________________________

ACTOR: __________________________________

DEMANDADO: ______________________________

ASUNTO: Se contesta demanda, se oponen excepciones y defensas y se ofrecen pruebas.

C. JUEZ DEL TRIBUNAL LABORAL ______________________________

DEL PODER JUDICIAL DE ______________________________

P R E S E N T E.

________________________________________, en mi carácter de representante legal/apoderado de ________________________________________, personalidad que acredito mediante ________________________________________, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ________________________________________________________________________, y autorizando para tales efectos a los Licenciados en Derecho ________________________________________, respetuosamente comparezco para exponer:

Que encontrándome dentro del término legal concedido, con fundamento en los artículos 47, 784, 804, 873-A y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo, comparezco a dar CONTESTACIÓN A LA DEMANDA promovida por el C. ________________________________________, negando desde este momento que haya existido un despido injustificado, toda vez que la relación laboral fue rescindida por causa justificada imputable al trabajador, consistente en haber acumulado más de tres faltas de asistencia dentro de un periodo de treinta días, sin permiso del patrón y sin causa justificada.

En consecuencia, procedo a contestar en los siguientes términos:

I. CONTESTACIÓN A LAS PRESTACIONES

A) REINSTALACIÓN

Se niega que el actor tenga derecho a la reinstalación reclamada, toda vez que la terminación de la relación laboral derivó de una causa de rescisión sin responsabilidad para el patrón, consistente en las inasistencias injustificadas del trabajador.

B) INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL

Se niega que el actor tenga derecho al pago de tres meses de salario por concepto de indemnización constitucional, pues no existió despido injustificado.

La separación del trabajador tuvo como causa el incumplimiento reiterado de su obligación de asistir a prestar sus servicios, actualizándose la causa de rescisión prevista en el artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo.

C) SALARIOS VENCIDOS

Se niega la procedencia del pago de salarios vencidos reclamados, al depender dicha prestación de la existencia de un despido injustificado, supuesto que se niega.

D) INTERESES

Se niega la procedencia de los intereses reclamados, al resultar accesorios de prestaciones principales improcedentes.

E) PRIMA DE ANTIGÜEDAD

Se contesta en los términos que legalmente correspondan conforme a la antigüedad efectiva del trabajador, salario y causa de terminación de la relación laboral, sin reconocer cantidades distintas a aquellas que resulten estrictamente procedentes conforme a derecho.

F) VACACIONES

Se niega cualquier adeudo en los términos planteados por el actor.

En su caso, únicamente se reconocerán aquellas cantidades proporcionales que se encuentren efectivamente pendientes y sean demostradas conforme a la documentación laboral correspondiente.

G) PRIMA VACACIONAL

Se contesta en los mismos términos de la prestación anterior, negándose cualquier cantidad superior a la que legalmente corresponda.

H) AGUINALDO

Se niega cualquier adeudo distinto de la parte proporcional que, en su caso, resulte legalmente procedente y no se encuentre pagada.

I) HORAS EXTRAORDINARIAS

Se niega lisa y llanamente que el trabajador haya prestado servicios en jornada extraordinaria en los términos afirmados en su demanda.

Se niega igualmente que exista adeudo alguno por dicho concepto.

J) DÍAS DE DESCANSO, FESTIVOS Y PRIMAS

Se niega que existan cantidades pendientes por dichos conceptos, salvo aquellas que eventualmente se acrediten con los registros laborales y resulten legalmente exigibles.

K) CUALQUIER OTRA PRESTACIÓN DERIVADA DEL SUPUESTO DESPIDO

Se niega su procedencia por encontrarse sustentada en la premisa falsa de que el trabajador fue despedido injustificadamente.

II. CONTESTACIÓN A LOS HECHOS

HECHO PRIMERO

Es cierto únicamente que el C. ________________________________________ prestó servicios personales subordinados para mi representada a partir del día ___ de __________________ de ________, desempeñando el puesto de ________________________________________.

Se niega cualquier circunstancia adicional que no sea expresamente reconocida en esta contestación.

HECHO SEGUNDO

Es cierto que el trabajador percibía como salario la cantidad de $________________________, bajo la modalidad de pago ________________________________________.

Se niega que percibiera cualquier cantidad superior o prestación distinta a las que constan en los recibos y registros laborales.

HECHO TERCERO

Se niega que el actor haya sido despedido injustificadamente en la fecha y circunstancias que refiere.

La realidad es que el trabajador incurrió reiteradamente en inasistencias injustificadas, sin contar con autorización del patrón y sin proporcionar causa jurídicamente suficiente que justificara sus ausencias.

HECHO CUARTO

El trabajador dejó de presentarse a prestar sus servicios los días:

1. ___ de __________________ de ________.

2. ___ de __________________ de ________.

3. ___ de __________________ de ________.

4. ___ de __________________ de ________.

5. ___ de __________________ de ________.

Las anteriores inasistencias ocurrieron dentro del periodo comprendido entre el ___ de __________________ y el ___ de __________________ de ________.

El actor no obtuvo permiso previo de mi representada ni presentó justificante suficiente que acreditara alguna causa legítima para dejar de asistir.

HECHO QUINTO

Ante dichas ausencias, personal de la fuente de trabajo constató que el trabajador no se presentó a laborar en las fechas mencionadas.

Tales circunstancias son conocidas directamente por los trabajadores y/o responsables:

________________________________________

y

________________________________________,

quienes se encontraban presentes en la fuente de trabajo y tienen conocimiento directo de las ausencias del actor.

HECHO SEXTO

Las inasistencias acumuladas por el trabajador excedieron de tres dentro de un periodo de treinta días, sin permiso del patrón y sin causa justificada.

En consecuencia, se actualizó la causa de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón prevista por el artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo.

HECHO SÉPTIMO

Por lo anterior, mi representada determinó rescindir justificadamente la relación laboral con el actor.

[UTILIZAR ÚNICAMENTE SI EXISTIÓ AVISO DE RESCISIÓN:]

El trabajador recibió el aviso escrito de rescisión el día ___ de __________________ de ________, documento en el cual se hicieron constar claramente las conductas que motivaron la rescisión y las fechas en que ocurrieron.

[SI EL TRABAJADOR SE NEGÓ A RECIBIRLO Y SE REALIZÓ EL PROCEDIMIENTO LEGAL, DESCRIBIR AQUÍ EXACTAMENTE QUÉ SE HIZO:]


________________________________________________________________________.

HECHO OCTAVO

Es falso que mi representada haya separado arbitrariamente al actor de su empleo.

La terminación tuvo origen en una conducta imputable al propio trabajador, consistente en la acumulación de inasistencias injustificadas en los términos señalados.

HECHO NOVENO

Se niegan todos los hechos contenidos en la demanda que no hayan sido expresamente reconocidos en este escrito, correspondiendo al actor acreditar aquellos extremos cuya carga probatoria legalmente le corresponda.

III. EXCEPCIONES Y DEFENSAS

PRIMERA. RESCISIÓN JUSTIFICADA DE LA RELACIÓN LABORAL

Se opone como defensa principal la existencia de una rescisión justificada sin responsabilidad para el patrón, al actualizarse la hipótesis prevista por el artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo.

El trabajador acumuló más de tres faltas de asistencia dentro de un periodo de treinta días, sin permiso de la parte patronal y sin causa justificada.

Por ello, no existió despido injustificado.

SEGUNDA. FALTA DE ACCIÓN Y DERECHO RESPECTO DE LAS PRESTACIONES DERIVADAS DEL DESPIDO

La parte actora carece de acción y derecho para reclamar indemnización constitucional, reinstalación, salarios vencidos y demás consecuencias que hace depender de un supuesto despido injustificado, pues la relación laboral fue rescindida por causa legalmente justificada.

TERCERA. IMPROCEDENCIA DE LAS PRESTACIONES ACCESORIAS

Al resultar improcedente la acción principal sustentada en un supuesto despido injustificado, también deben declararse improcedentes aquellas prestaciones accesorias que dependan exclusivamente de éste.

CUARTA. PAGO

Respecto de aquellas prestaciones que hayan sido oportunamente cubiertas al trabajador, se opone la excepción de pago, en los términos que se acreditarán con los recibos, comprobantes y documentos que legalmente puedan aportarse.

QUINTA. PLUS PETITIO

Se opone respecto de todas aquellas cantidades que el actor pretenda reclamar en exceso de lo efectivamente devengado o de los límites establecidos por la Ley Federal del Trabajo.

IV. FUNDAMENTOS DE LA RESCISIÓN JUSTIFICADA

La defensa patronal se sustenta principalmente en el artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo, conforme al cual constituye causa de rescisión de la relación laboral, sin responsabilidad para el patrón, que el trabajador acumule más de tres faltas de asistencia dentro de un periodo de treinta días, siempre que éstas ocurran sin permiso del patrón o sin causa justificada.

En el presente caso concurren los elementos de la hipótesis legal:

PRIMERO. Existía una relación laboral entre las partes.

SEGUNDO. El actor tenía obligación de presentarse a laborar en los días y horarios correspondientes.

TERCERO. El trabajador dejó de asistir los días previamente señalados.

CUARTO. Las ausencias excedieron de tres dentro de un periodo de treinta días.

QUINTO. No existió autorización patronal para dichas ausencias.

SEXTO. El trabajador no acreditó causa que justificara legalmente sus inasistencias.

Consecuentemente, la decisión patronal no constituyó un despido arbitrario, sino el ejercicio de la facultad legal de rescindir la relación de trabajo por incumplimiento grave imputable al trabajador.

V. CARGA PROBATORIA

Esta parte reconoce la carga procesal que legalmente le corresponda y ofrece los medios de convicción dirigidos a demostrar las circunstancias objetivas de la rescisión.

En particular, se acreditarán las fechas en que el trabajador debía presentarse a laborar, las ocasiones en que no lo hizo, la inexistencia de autorización patronal y las circunstancias conocidas directamente por las personas que laboraban en la fuente de trabajo.

La parte demandada solicita que las pruebas sean valoradas de manera conjunta, atendiendo a su relación entre sí y a las circunstancias acreditadas durante el procedimiento.

VI. PRUEBAS

1. TESTIMONIAL

A cargo de los CC.:

________________________________________

y

________________________________________,

quienes deberán ser citados o presentados en la fecha que determine este H. Tribunal.

Los testigos declararán respecto de hechos que conocen de manera directa, particularmente:

a) La relación laboral existente entre las partes.

b) El puesto y horario ordinario del actor.

c) Los días en que el trabajador debía presentarse a prestar sus servicios.

d) Las inasistencias del actor.

e) La ausencia del trabajador en la fuente de trabajo durante los días controvertidos.

f) Las circunstancias ocurridas previamente a la rescisión.

g) La inexistencia de un despido arbitrario en las circunstancias narradas por el actor.

Esta prueba se relaciona con los hechos tercero a octavo de la presente contestación.

2. CONFESIONAL

A cargo del C. ________________________________________, parte actora en el presente juicio, para que comparezca personalmente a responder los cuestionamientos que legalmente procedan durante la audiencia correspondiente.

La prueba se ofrece para acreditar, entre otros extremos, su relación laboral, horario, obligación de asistencia y las circunstancias relacionadas con sus ausencias.

3. INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES

Consistente en todas las actuaciones que integren el presente expediente y que beneficien los intereses de mi representada.

4. PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA

Consistente en todas las inferencias que legal y humanamente puedan obtenerse de los hechos demostrados durante el procedimiento, en todo aquello que favorezca a la parte demandada.

VII. DOCUMENTALES QUE DEBERÁN AGREGARSE SI REALMENTE EXISTEN

Sin afirmar su existencia, deberán incorporarse al escrito antes de presentarlo, cuando la empresa cuente con ellos:

A) Contrato individual de trabajo.

B) Controles o listas de asistencia correspondientes al periodo controvertido.

C) Registros biométricos o electrónicos de entrada y salida.

D) Actas administrativas levantadas con motivo de las inasistencias.

E) Recibos de nómina.

F) Reglamento interior de trabajo.

G) Mensajes o comunicaciones mediante los cuales se haya requerido al trabajador justificar sus ausencias.

H) Aviso escrito de rescisión y constancia de entrega al trabajador.

I) En su caso, constancias del procedimiento realizado ante el Tribunal cuando el trabajador se negó a recibir el aviso.

Dichas documentales deberán ofrecerse formalmente como pruebas sólo cuando efectivamente existan y su contenido coincida con los hechos expuestos.

VIII. OBJECIÓN DE PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA

Desde este momento se objetan, en cuanto a su alcance, valor probatorio, autenticidad y contenido, aquellos documentos privados aportados por la parte actora que no sean reconocidos por mi representada y cuya autenticidad no se encuentre debidamente demostrada, reservándose esta parte el derecho de formular las manifestaciones específicas que legalmente correspondan respecto de cada medio de prueba.

IX. DERECHO

Resultan aplicables los artículos 46 y 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo, relativos a la rescisión de la relación laboral por causa justificada.

Asimismo, resultan aplicables los artículos 784 y 804 de la Ley Federal del Trabajo respecto de las cargas probatorias y documentación que corresponde conservar y exhibir al patrón.

En materia procesal resultan aplicables los artículos 873-A y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo, correspondientes a la contestación de la demanda y procedimiento ordinario laboral.

X. PUNTOS PETITORIOS

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a este H. Tribunal atentamente solicito:

PRIMERO

Tenerme por presentado, en tiempo y forma, dando contestación a la demanda promovida por el C. ________________________________________.

SEGUNDO

Tener por contestadas todas y cada una de las prestaciones y hechos de la demanda en los términos precisados.

TERCERO

Tener por opuestas las excepciones y defensas hechas valer.

CUARTO

Tener por ofrecidas las pruebas relacionadas en el presente escrito y ordenar su admisión, preparación y desahogo conforme a derecho.

QUINTO

Declarar acreditado que el trabajador incurrió en más de tres inasistencias dentro de un periodo de treinta días, sin permiso del patrón y sin causa justificada.

SEXTO

Declarar que se actualizó la causa de rescisión prevista por el artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo.

SÉPTIMO

Declarar que no existió despido injustificado, sino rescisión de la relación laboral por causa imputable al trabajador.

OCTAVO

Absolver a mi representada del pago de indemnización constitucional, reinstalación, salarios vencidos y demás prestaciones reclamadas que tengan como presupuesto la existencia de un despido injustificado.

NOVENO

Respecto de las prestaciones devengadas que eventualmente resulten procedentes, resolver únicamente por las cantidades efectivamente demostradas y conforme a los límites establecidos por la Ley Federal del Trabajo.

DÉCIMO

En su oportunidad, dictar sentencia absolviendo a mi representada de las acciones y prestaciones improcedentes reclamadas por la parte actora.

PROTESTO LO NECESARIO

________________________________________, a ___ de __________________ de 2026.

________________________________________

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL PATRÓN

________________________________________

ABOGADO

📚 Tu biblioteca jurídica en la palma de tu mano

Accede a más de 4,000 formatos legales listos para descargar, editar y utilizar.

Demandas, amparos, contratos, escritos laborales, promociones, recursos y mucho más. Además, incluye acceso a una carpeta que se actualiza constantemente con nuevos formatos.

🚀 Quiero mi biblioteca jurídica

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Carrito de compra