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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES

QUE CELEBRAN [NOMBRE DEL CLIENTE], EN LO SUCESIVO EL CLIENTE, Y [NOMBRE DEL PROFESIONISTA O PRESTADOR], EN LO SUCESIVO EL PRESTADOR, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.

I DECLARACIONES

1. Declara EL CLIENTE que tiene capacidad para contratar y se identifica con [DOCUMENTO Y DATOS]. Si es persona moral, su denominación es [DATOS], fue constituida mediante [INSTRUMENTO Y REGISTRO] y comparece por [REPRESENTANTE], con facultades suficientes acreditadas mediante [DOCUMENTO]. Señala domicilio en [DOMICILIO], correo [CORREO] y RFC [DATO CUANDO PROCEDA].

2. Declara EL PRESTADOR que cuenta con capacidad, conocimientos y medios para realizar los servicios de [PROFESIÓN O ESPECIALIDAD]. Su título, cédula y autorizaciones legalmente exigibles son [DATOS]. Si es persona moral, se identifica su constitución, representante y facultades [DATOS], así como los profesionistas responsables y sus habilitaciones [DATOS]. Señala domicilio [DOMICILIO], correo [CORREO] y RFC [DATOS].

3. Ambas partes manifiestan conocer el objetivo y alcance descritos en este contrato y en su anexo de servicios. Identifican como responsables de coordinación a [NOMBRES Y MEDIOS DE CONTACTO]. Cualquier conflicto de interés conocido y relevante se informa y trata de la siguiente forma: [DESCRIPCIÓN O DECLARACIÓN DE INEXISTENCIA CONOCIDA].

II CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO. EL CLIENTE encomienda a EL PRESTADOR los servicios profesionales consistentes en [DESCRIPCIÓN CONCRETA DEL TRABAJO], para el objetivo de [FINALIDAD]. El alcance, actividades, entregables, fechas, insumos y criterios de revisión se detallan en el Anexo de alcance, que forma parte del contrato y deberá completarse antes de firmar.

Quedan excluidos [ACTIVIDADES, ETAPAS, TRÁMITES, RECURSOS O SERVICIOS NO CONTRATADOS]. Su inclusión requerirá acuerdo escrito sobre alcance, precio y plazo. El objeto no comprenderá actividades ilícitas ni funciones para las que falte habilitación legal; si la profesión es regulada, se respetarán sus normas especiales.

SEGUNDA. FORMA DE PRESTACIÓN. EL PRESTADOR organizará técnicamente el servicio con autonomía profesional, diligencia y apego a las instrucciones lícitas y al alcance pactado. Informará los riesgos relevantes que identifique y no garantizará decisiones de autoridades, terceros o resultados fuera de su control. Los entregables y resultados expresamente comprometidos sí deberán cumplir las características objetivas del contrato.

La denominación civil y la autonomía pactada no excluyen una relación laboral si los hechos actualizan sus elementos legales. Si se requiere personal subordinado, puesta a disposición de trabajadores u otra actividad con régimen especial, las partes deberán adecuar la contratación a la normativa aplicable.

TERCERA. VIGENCIA Y CALENDARIO. El contrato inicia el [FECHA] y concluirá el [FECHA O HITO OBJETIVO], salvo terminación anticipada conforme a sus cláusulas. Las etapas se realizarán según [CALENDARIO]. Los plazos sujetos a entrega de información comenzarán cuando se reciba [INSUMO ESPECÍFICO], sin alterar términos legales o judiciales que no estén a disposición de las partes.

CUARTA. HONORARIOS. Se pacta la modalidad de [PRECIO TOTAL / POR ETAPA / POR HORA / OTRA FÓRMULA PRECISA]. El importe o tarifa es de $[CANTIDAD] ([IMPORTE EN LETRA] pesos [CENTAVOS]/100 moneda nacional), con [IMPUESTOS INCLUIDOS / IMPUESTOS ADICIONALES QUE LEGALMENTE PROCEDAN]. La base, periodicidad y límite, si existe, se precisan en el anexo. No se entenderá pactado un precio variable sin fórmula verificable.

EL CLIENTE pagará [ANTICIPO Y FECHA], [PAGOS INTERMEDIOS Y CONDICIÓN] y [SALDO Y FECHA]. Para trabajo por hora se entregará reporte de [ACTIVIDADES, TIEMPO Y TARIFA], con un máximo autorizado de [HORAS O MONTO]. El anticipo se aplicará a los servicios pactados y se liquidará al concluir; no se declara íntegramente no reembolsable sin relación con trabajo efectivamente devengado.

QUINTA. COMPROBACIÓN Y FORMA DE PAGO. Los pagos se harán mediante [TRANSFERENCIA O MEDIO] a [TITULAR Y DATOS]. EL PRESTADOR entregará comprobante de recepción y expedirá el comprobante fiscal cuando corresponda. Las retenciones e impuestos se aplicarán conforme al régimen real de las partes y del servicio, sin inventar una tasa universal. Los cambios de cuenta requerirán aviso escrito verificable.

Si se pactan intereses moratorios, serán [TASA ANUAL SIMPLE Y BASE, O INDICAR QUE NO SE PACTAN], sobre cantidades vencidas y exigibles, dentro de lo legalmente permitido. No habrá capitalización automática ni cargos duplicados por el mismo retraso. La falta de pacto se sujetará a los efectos que establezca la ley.

SEXTA. GASTOS Y SERVICIOS DE TERCEROS. Los honorarios [INCLUYEN LOS GASTOS IDENTIFICADOS / NO INCLUYEN GASTOS], conforme al presupuesto anexo. Todo gasto extraordinario requerirá autorización escrita previa, salvo urgencia necesaria acreditable dentro del límite de $[IMPORTE] y permitida por la ley. Se rendirá cuenta con comprobantes en [PLAZO]. Se devolverán los fondos no ejercidos en [PLAZO].

Los pagos a peritos, notarías, registros u otros terceros se identificarán separadamente, con responsable de contratación y pago [DATOS]. EL PRESTADOR no podrá ofrecer ni destinar fondos a sobornos o pagos indebidos. Los gastos autorizados no se convertirán automáticamente en honorarios adicionales.

SÉPTIMA. OBLIGACIONES DEL PRESTADOR. Realizar las actividades convenidas con cuidado y competencia; mantener las habilitaciones exigibles; informar avances con periodicidad [DATOS]; advertir impedimentos y riesgos; custodiar información y documentos; y entregar los productos comprometidos. No sustituirá al responsable profesional ni subcontratará actividades esenciales sin autorización escrita, salvo el apoyo permitido y previamente identificado [DATOS]. Conservará las responsabilidades que legalmente le correspondan por sus auxiliares.

OCTAVA. OBLIGACIONES DEL CLIENTE. Entregar información veraz y documentos necesarios en [PLAZOS]; permitir accesos autorizados; revisar solicitudes y entregables; comunicar cambios relevantes y pagar los importes exigibles. EL PRESTADOR informará por escrito las omisiones que afecten el servicio y sus consecuencias previsibles. La falta de un insumo no libera de advertir oportunamente un riesgo ni autoriza a abandonar actuaciones urgentes cuando la ley exija atenderlas.

NOVENA. ENTREGA Y REVISIÓN. Los productos se entregarán por [MEDIO Y FORMATO]. EL CLIENTE contará con [DÍAS HÁBILES O NATURALES] para señalar por escrito incumplimientos concretos respecto del alcance. EL PRESTADOR corregirá sin costo las deficiencias que le sean imputables en [PLAZO RAZONABLE]. Las nuevas instrucciones o ampliaciones se tratarán como cambios de alcance.

El silencio no equivaldrá por sí solo a una aceptación irreversible ni extinguirá reclamaciones por defectos no detectables en una revisión razonable. La aceptación documentada precisará el entregable recibido y las observaciones pendientes. Si el servicio no produce un documento, se definirá su evidencia objetiva de cumplimiento [CRITERIO].

DÉCIMA. CAMBIOS. Toda ampliación o modificación se documentará indicando actividades, responsable, honorarios, gastos y efecto en el calendario, y será aceptada por quienes tengan facultades. No podrá imponerse un aumento unilateral ni ejecutarse una ampliación onerosa sin autorización acreditable. La necesidad de un cambio no modifica por sí sola el contrato.

DÉCIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD Y DATOS PERSONALES. Cada parte protegerá la información no pública a la que acceda por el servicio y limitará su uso a la finalidad contratada. Se exceptúa la información pública por causa legítima, obtenida lícitamente de otra fuente o cuya revelación sea exigida por autoridad o ley; en este último caso se limitará lo comunicado y se avisará cuando sea legalmente permitido.

El tratamiento de datos personales se sujetará a la normativa aplicable, al aviso de privacidad que corresponda y a las instrucciones legítimas del responsable. Las medidas de seguridad, accesos y devolución o supresión se definirán según los datos y el servicio. Si EL PRESTADOR trata datos por cuenta de EL CLIENTE, las partes documentarán ese encargo. Esta cláusula no sustituye avisos, consentimientos o deberes profesionales específicos.

DÉCIMA SEGUNDA. DOCUMENTOS Y DERECHOS SOBRE ENTREGABLES. Los originales proporcionados por EL CLIENTE seguirán siendo de su titularidad y se devolverán con inventario, sin retención indebida como medio de presión por honorarios. EL PRESTADOR conservará las copias y registros que legalmente deba mantener, con protección de confidencialidad.

Los derechos sobre entregables serán [DEFINIR TITULARIDAD, LICENCIA O CESIÓN, USOS, PLAZO, TERRITORIO Y REMUNERACIÓN]. Los materiales previos del prestador o terceros se identificarán [DATOS], junto con las licencias necesarias para el uso contratado. Si existe obra protegida, se respetarán derechos morales y formalidades y límites de la legislación autoral; no se presume una cesión universal e indefinida mediante una fórmula genérica.

DÉCIMA TERCERA. RESPONSABILIDAD. Cada parte responderá por sus incumplimientos conforme a la ley. EL PRESTADOR no queda exento de responsabilidad por negligencia, impericia, dolo u otras conductas legalmente imputables. La ausencia de garantía sobre un resultado externo no elimina su deber de diligencia ni la obligación de entregar lo expresamente comprometido. El daño, causalidad y reparación se determinarán conforme al régimen aplicable; no se pacta una exoneración absoluta.

DÉCIMA CUARTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. Cualquiera de las partes podrá dar aviso escrito de terminación con [PLAZO], respetando las reglas imperativas de la profesión y los asuntos a cargo. Ante incumplimiento relevante, la parte afectada podrá requerir su corrección en [PLAZO], cuando sea subsanable, y ejercer las acciones legales procedentes. Las situaciones urgentes, conflictos de interés o imposibilidad de continuar deberán comunicarse oportunamente.

Al terminar, EL PRESTADOR informará el estado del trabajo, plazos pendientes y riesgos; entregará documentos, fondos y productos devengados conforme a la ley y al acuerdo, y facilitará una transición razonable. Se liquidarán los servicios efectivamente realizados y gastos autorizados; el saldo de anticipos no devengados se devolverá en [PLAZO]. No se cobrarán automáticamente todos los servicios futuros ni se suspenderá una defensa o gestión en forma que cause perjuicio ilegal al cliente.

DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. La parte afectada avisará en cuanto sea razonablemente posible, acreditará la incidencia y adoptará medidas para reducir el daño. Se acordará el ajuste o terminación que proceda, sin eximir obligaciones ya vencidas ni considerar cualquier dificultad económica como fuerza mayor. Los efectos se sujetarán a la ley.

DÉCIMA SEXTA. REPRESENTACIÓN Y LÍMITES. Este contrato no confiere por sí solo poderes, mandato judicial, autorización médica ni facultades de disposición que requieran instrumento o consentimiento específico. Si el servicio los requiere, se otorgarán en la forma legal correspondiente, precisando alcance y límites. EL PRESTADOR no celebrará convenios ni dispondrá de bienes o fondos del cliente sin facultad suficiente.

DÉCIMA SÉPTIMA. AVISOS Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Los avisos contractuales se enviarán a los domicilios y correos declarados, con constancia verificable de recepción. Su cambio se notificará por escrito. Estos medios no sustituyen automáticamente notificaciones judiciales.

El contrato se sujetará a [LEGISLACIÓN CIVIL Y NORMAS PROFESIONALES APLICABLES, CON JUSTIFICACIÓN TERRITORIAL]. Las partes podrán acudir a mediación ante [CENTRO], sin impedir tutela urgente ni acceso a los tribunales legalmente competentes. La elección de foro [LUGAR, SI ES VÁLIDA] respetará competencias inderogables y derechos de protección al consumidor cuando correspondan.

DÉCIMA OCTAVA. INTEGRIDAD. Son parte del contrato el Anexo de alcance y [OTROS ANEXOS IDENTIFICADOS]. En caso de contradicción, se atenderá a [REGLA DE PRELACIÓN], respetando las normas imperativas. Las modificaciones requieren aceptación escrita. Ninguna cláusula contiene renuncia general a derechos irrenunciables. Los campos esenciales deberán completarse y las opciones no utilizadas eliminarse antes de firmar.

Leído el contrato y sus anexos, las partes lo firman en [NÚMERO] ejemplares, conservando cada una copia íntegra, en [CIUDAD Y ENTIDAD], el [DÍA] de [MES] de [AÑO].

____________________________________
EL CLIENTE
[NOMBRE Y FIRMA DEL TITULAR O REPRESENTANTE]

____________________________________
EL PRESTADOR
[NOMBRE Y FIRMA DEL TITULAR O REPRESENTANTE]

ANEXO DE ALCANCE Y HONORARIOS

Servicio y objetivo: [DESCRIPCIÓN]. Responsable profesional: [NOMBRE Y HABILITACIÓN]. Contacto del cliente: [DATOS]. Actividades incluidas: [LISTA PRECISA]. Exclusiones: [DETALLE].

Entregable 1: [DESCRIPCIÓN, FORMATO Y CRITERIO DE CUMPLIMIENTO]. Fecha: [DATOS]. Insumos del cliente y fecha límite: [DATOS]. Honorarios y momento de pago: [IMPORTE, IMPUESTOS Y CONDICIÓN].

Entregable 2 o etapa siguiente: [DESCRIPCIÓN, FORMATO Y CRITERIO]. Fecha: [DATOS]. Insumos y responsable: [DATOS]. Honorarios y momento de pago: [DATOS]. Eliminar si no aplica o añadir etapas numeradas.

Presupuesto: honorarios $[IMPORTE]; impuestos y retenciones aplicables [DATOS]; gastos incluidos [DATOS]; gastos adicionales autorizados [CONCEPTOS Y LÍMITES]. Anticipo $[IMPORTE]; aplicación [DETALLE]. Saldo y fechas [DATOS].

Cambios autorizados: [PROCEDIMIENTO Y RESPONSABLES]. Informes: [PERIODICIDAD]. Revisión: [PLAZO Y CRITERIOS]. Materiales previos y derechos de uso: [DATOS]. Medidas particulares de confidencialidad y tratamiento de datos: [DATOS].

____________________________________
EL CLIENTE [NOMBRE Y FIRMA]
EL PRESTADOR [NOMBRE Y FIRMA]

GUÍA PARA ADAPTAR EL MODELO

Explicación jurídica. El contrato documenta servicios profesionales independientes, su alcance y remuneración. Debe adecuarse a la profesión, legislación territorial y requisitos de habilitación. El Código Civil Federal no rige automáticamente todo contrato privado del país. Para salud, obra, representación judicial u otras actividades reguladas se necesitan cláusulas y documentos propios.

Ejemplo didáctico. Un profesionista entrega un diagnóstico y un informe en dos etapas con precio definido. El cliente aporta documentos en fechas pactadas y cada pago corresponde a una etapa verificable. Una gestión ante terceros no incluida se incorpora sólo mediante acuerdo sobre alcance, costo y plazo.

Nota técnica. No firmar sin definir servicio, precio, impuestos, fechas, exclusiones y entregables. Comprobar título y cédula cuando se exijan. Distinguir anticipo de honorario devengado; no prometer éxito judicial o administrativo. El contrato no transforma una relación subordinada en independiente ni concede poderes que requieren formalidad específica.

Fuentes orientativas verificadas el 17 de octubre de 2026. Código Civil Federal, reforma DOF 14 de noviembre de 2025, artículos 1 y 2606 a 2615 sobre ámbito, honorarios, habilitación, gastos, aviso y responsabilidad: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCF.pdf. Agregar y revisar el código civil local, legislación de profesiones, régimen fiscal, datos personales y propiedad intelectual aplicables al servicio antes de utilizar el contrato.

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