DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA OBLIGATORIEDAD DE PROPORCIONAR DATOS BIOMÉTRICOS PARA CURP Y REGISTRO DE LÍNEAS TELEFÓNICAS

C. JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN TURNO

P R E S E N T E

____________________________________, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ____________________________________, autorizando en términos de los artículos 12 y 27 de la Ley de Amparo a los Licenciados ____________________________________, comparezco para exponer:

I. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO

Han quedado precisados en el proemio de la presente demanda.

II. AUTORIDADES RESPONSABLES

A) Congreso de la Unión

Por la emisión y aprobación de las disposiciones legales reclamadas.

B) Titular del Poder Ejecutivo Federal

Por la promulgación y publicación de las disposiciones impugnadas.

C) Secretaría de Gobernación

Por la implementación y administración del sistema de identidad correspondiente.

D) Registro Nacional de Población e Identidad

Por la integración, administración y operación de las bases de datos biométricos.

E) Instituto Federal de Telecomunicaciones

Por las disposiciones regulatorias relacionadas con el registro de líneas telefónicas.

F) Empresas concesionarias de telecomunicaciones

Únicamente respecto de los actos de aplicación que correspondan.

III. ACTOS RECLAMADOS

A)

La emisión, promulgación, aplicación y ejecución de normas que obliguen al suscrito a proporcionar datos biométricos para la obtención, actualización o conservación de la CURP.

B)

La obligación de proporcionar datos biométricos para registrar, conservar o utilizar líneas telefónicas móviles.

C)

La integración de bases de datos biométricas centralizadas administradas por autoridades estatales.

D)

La amenaza de suspensión, cancelación o restricción de servicios por la negativa a proporcionar información biométrica.

E)

Todos los actos futuros de ejecución derivados de dichas disposiciones.

IV. BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

HECHOS

PRIMERO

El suscrito es ciudadano mexicano y titular de diversos derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de derechos humanos.

SEGUNDO

He tenido conocimiento de disposiciones normativas y actos administrativos tendentes a exigir la entrega obligatoria de datos biométricos para la obtención, actualización o conservación de documentos de identidad y servicios de telecomunicaciones.

TERCERO

Los datos biométricos comprenden información altamente sensible e irrepetible de la persona, tales como:

a)

Huellas dactilares.

b)

Reconocimiento facial.

c)

Iris ocular.

d)

Características biométricas únicas e intransferibles.

CUARTO

La recopilación obligatoria de dichos datos implica una injerencia intensa en la esfera privada del gobernado.

QUINTO

Las disposiciones reclamadas establecen consecuencias adversas para quienes se nieguen a proporcionar dicha información, incluyendo posibles restricciones para acceder a servicios esenciales.

SEXTO

La información biométrica constituye una categoría especial de datos personales cuya protección exige estándares reforzados de legalidad, necesidad y proporcionalidad.

V. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN

PRIMERO

Violación a los artículos 1°, 6° y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La recolección obligatoria de datos biométricos constituye una restricción intensa al derecho fundamental de protección de datos personales y privacidad.

La autoridad no acredita que la medida sea estrictamente necesaria ni que no existan medios menos restrictivos para alcanzar los fines perseguidos.

SEGUNDO

Violación al principio de proporcionalidad.

Toda medida restrictiva de derechos fundamentales debe superar un examen estricto de proporcionalidad.

La captura masiva y obligatoria de datos biométricos afecta de manera grave la privacidad de millones de personas sin demostrar una relación directa, necesaria y proporcional con los objetivos de seguridad invocados.

TERCERO

Violación al derecho de autodeterminación informativa.

El individuo debe conservar control sobre el tratamiento de sus datos personales, especialmente cuando se trata de información biométrica que no puede ser modificada ni sustituida en caso de filtración o uso indebido.

CUARTO

Violación al principio de seguridad jurídica.

Las disposiciones impugnadas no establecen mecanismos suficientemente claros respecto de:

a)

Finalidad específica del tratamiento.

b)

Límites de acceso a la información.

c)

Transferencias de datos.

d)

Plazos de conservación.

e)

Responsabilidades por vulneraciones de seguridad.

QUINTO

Violación al derecho de acceso a las telecomunicaciones.

La eventual cancelación o restricción de líneas telefónicas por negarse a proporcionar datos biométricos genera una afectación desproporcionada al acceso a medios de comunicación esenciales.

SEXTO

Violación al principio de presunción de inocencia.

Las medidas impugnadas parten de una lógica de vigilancia generalizada incompatible con un sistema constitucional democrático, al tratar a toda la población como potencial sujeto de investigación.

VI. SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO

Con fundamento en los artículos 125, 128, 131 y demás relativos de la Ley de Amparo, solicito:

PRIMERO

La suspensión provisional.

SEGUNDO

La suspensión definitiva.

Para el efecto de que las autoridades responsables se abstengan de exigir al suscrito la entrega obligatoria de datos biométricos mientras se resuelve el presente juicio.

Asimismo, para que no se suspenda, cancele o limite el acceso a documentos de identidad o servicios de telecomunicaciones por la negativa a proporcionar dicha información.

VII. PRUEBAS

DOCUMENTAL PÚBLICA

Consistente en el Diario Oficial de la Federación que contenga la publicación de las normas reclamadas.

DOCUMENTAL PÚBLICA

Disposiciones administrativas relacionadas con la implementación del sistema biométrico.

DOCUMENTAL PRIVADA

Documentación personal del quejoso.

PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA

En todo lo que favorezca a los intereses del suscrito.

INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES

Consistente en todas las actuaciones que integren el expediente.

VIII. PUNTOS PETITORIOS

PRIMERO

Tenerme por presentado promoviendo juicio de amparo indirecto.

SEGUNDO

Admitir la presente demanda.

TERCERO

Conceder la suspensión provisional y definitiva solicitadas.

CUARTO

Requerir los informes justificados correspondientes.

QUINTO

Previos los trámites de ley, dictar sentencia concediendo el amparo y protección de la Justicia Federal.

PROTESTO LO NECESARIO

Lugar y fecha.


NOMBRE Y FIRMA DEL QUEJOSO

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