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RECURSO INNOMINADO CONTRA LA ABSTENCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO DE EJERCER ACCIÓN PENAL

CARPETA DE INVESTIGACIÓN: ______________________________
VÍCTIMA U OFENDIDO: ___________________________________
IMPUTADO: _____________________________________________
DELITO: ________________________________________________
ASUNTO: Se impugna determinación ministerial conforme al artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

C. JUEZ DE CONTROL DEL DISTRITO JUDICIAL DE ______________________________

EN TURNO

P R E S E N T E.

________________________________________, por mi propio derecho, en mi carácter de víctima/ofendido dentro de la carpeta de investigación número ________________________________________, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ________________________________________________________________________, y autorizando como Asesor Jurídico al Licenciado ________________________________________, respetuosamente comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito, con fundamento en los artículos 1, 17, 20 apartado C y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 109, fracción XXI, 258 y demás relativos y aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales, vengo a promover IMPUGNACIÓN O RECURSO INNOMINADO en contra de la determinación emitida por el Agente del Ministerio Público adscrito a ________________________________________, mediante la cual resolvió:

☐ Abstenerse de investigar.

☐ Decretar el no ejercicio de la acción penal.

☐ No continuar con los actos de investigación.

☐ Emitir una determinación que materialmente paraliza o concluye la investigación, consistente en:

________________________________________________________________________.

La determinación me fue notificada el día ___ de __________________ de ________, por lo que la presente impugnación se promueve dentro del plazo previsto en el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

I. DETERMINACIÓN IMPUGNADA

Se impugna la resolución ministerial de fecha ___ de __________________ de ____, emitida dentro de la carpeta de investigación número **____________________**, mediante la cual el Ministerio Público determinó:

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________.

La determinación resulta contraria a derecho porque fue emitida sin efectuar una investigación suficiente, sin valorar integralmente los datos de prueba existentes y sin desarrollar diligencias necesarias para esclarecer los hechos denunciados.

II. OPORTUNIDAD

La resolución combatida fue notificada al suscrito el día ___ de __________________ de ________.

El artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales permite a la víctima u ofendido impugnar ante el Juez de Control las determinaciones del Ministerio Público relativas a la abstención de investigar y al no ejercicio de la acción penal, entre otras.

La impugnación debe formularse dentro de los diez días posteriores a la notificación, requisito que se encuentra satisfecho en el presente asunto.

III. ANTECEDENTES

PRIMERO

Con fecha ___ de __________________ de ________, presenté denuncia y/o querella ante el Ministerio Público por hechos posiblemente constitutivos del delito de:

________________________________________________________________________.

Los hechos denunciados consistieron esencialmente en:

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________.

SEGUNDO

Con motivo de dicha denuncia se inició la carpeta de investigación número:

________________________________________.

TERCERO

Durante la investigación proporcioné al Ministerio Público diversos datos y elementos relacionados con los hechos, entre ellos:

1. ________________________________________________________________.

2. ________________________________________________________________.

3. ________________________________________________________________.

4. ________________________________________________________________.

CUARTO

Asimismo, solicité al Ministerio Público la práctica de los siguientes actos de investigación:

1. ________________________________________________________________.

2. ________________________________________________________________.

3. ________________________________________________________________.

4. ________________________________________________________________.

Dichas diligencias resultaban pertinentes para determinar las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos denunciados, así como la posible participación de la persona investigada.

QUINTO

No obstante lo anterior, el Ministerio Público omitió realizar y/o concluir diversas diligencias necesarias, particularmente:

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________.

SEXTO

Sin agotar razonablemente las líneas de investigación, el Agente del Ministerio Público emitió resolución de fecha ___ de __________________ de ________, mediante la cual determinó:

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________.

SÉPTIMO

Para sustentar su decisión, el Ministerio Público argumentó esencialmente que:

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________.

Sin embargo, dichas consideraciones no corresponden con la totalidad de los antecedentes existentes dentro de la carpeta de investigación.

OCTAVO

La resolución me fue notificada el día ___ de __________________ de ________, causando afectación directa a mis derechos como víctima u ofendido, motivo por el cual acudo ante este órgano jurisdiccional a solicitar el control judicial de dicha determinación.

IV. AGRAVIOS

PRIMER AGRAVIO

FALTA DE DEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN

La determinación impugnada vulnera los principios de legalidad y seguridad jurídica, pues el Ministerio Público no expone de manera suficiente las razones jurídicas y fácticas que justifican la conclusión de la investigación.

La autoridad ministerial se limita a señalar:

________________________________________________________________________.

Sin embargo, no explica adecuadamente:

a) Cuáles fueron todos los datos de prueba analizados.

b) Qué valor otorgó a cada uno.

c) Por qué descartó determinados elementos.

d) Qué elementos del hecho posiblemente delictivo consideró inexistentes.

e) Por qué las diligencias pendientes resultaban innecesarias.

f) Por qué jurídicamente procedía abstenerse de investigar o determinar el no ejercicio de la acción penal.

Por tanto, la resolución carece de una justificación suficiente que permita conocer las razones concretas por las cuales se decidió paralizar o concluir la investigación.

SEGUNDO AGRAVIO

INVESTIGACIÓN INCOMPLETA Y FALTA DE EXHAUSTIVIDAD

La determinación resulta prematura porque fue emitida sin haberse practicado actos de investigación relevantes.

Quedaron pendientes:

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________.

Estas diligencias podían aportar información directamente relacionada con el esclarecimiento de los hechos.

No resulta jurídicamente razonable sostener que no existen elementos para continuar la investigación cuando previamente dejaron de agotarse líneas de investigación objetivamente disponibles y pertinentes.

TERCER AGRAVIO

INDEBIDA VALORACIÓN DE LOS DATOS DE PRUEBA

El Ministerio Público efectuó una valoración fragmentada de los antecedentes.

Dentro de la carpeta existen los siguientes elementos:

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________.

La resolución impugnada no analiza integralmente dichos datos ni explica de manera suficiente por qué resultan incapaces de justificar la continuación de la investigación.

Los elementos existentes deben ser valorados conjuntamente y dentro del contexto en que ocurrieron los hechos denunciados.

CUARTO AGRAVIO

VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO

El artículo 20, apartado C, de la Constitución reconoce a la víctima u ofendido una participación activa dentro del procedimiento penal.

Entre otros derechos, puede aportar datos de prueba, solicitar actos de investigación, recibir asesoría jurídica e impugnar las determinaciones del Ministerio Público en los casos establecidos por la ley.

En el presente asunto, esta parte solicitó:

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________.

Sin embargo:

☐ Las diligencias no fueron practicadas.

☐ No existió respuesta.

☐ Fueron rechazadas sin motivación suficiente.

☐ La investigación fue concluida antes de su realización.

En consecuencia, la resolución combatida afecta materialmente el derecho de la víctima a obtener una investigación efectiva y una determinación debidamente sustentada.

QUINTO AGRAVIO

INDEBIDA DETERMINACIÓN DEL NO EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL

El Ministerio Público concluyó que:

________________________________________________________________________.

Tal determinación resulta incorrecta porque:

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________.

Los hechos denunciados y los datos existentes en la carpeta debieron analizarse integralmente antes de adoptar una determinación definitiva respecto del ejercicio de la acción penal.

La decisión ministerial no puede sustentarse exclusivamente en la ausencia de determinada prueba cuando precisamente existen diligencias pendientes capaces de aportar información relevante sobre los hechos.

SEXTO AGRAVIO

OMISIÓN DE AGOTAR LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN

El Ministerio Público tiene la obligación de conducir la investigación de manera objetiva y procurar el esclarecimiento de los hechos.

En el presente caso existían líneas concretas de investigación relacionadas con:

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________.

No obstante, dichas líneas fueron abandonadas sin expresar una justificación suficiente.

Por ello, la determinación combatida debe dejarse sin efectos para que la autoridad ministerial continúe la investigación y, posteriormente, emita la resolución que conforme a derecho corresponda.

VII. PROCEDENCIA DE LA IMPUGNACIÓN

El artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece un mecanismo específico de control judicial respecto de determinadas decisiones del Ministerio Público.

Entre las determinaciones impugnables se encuentran:

a) La abstención de investigar.

b) El archivo temporal.

c) La aplicación de un criterio de oportunidad.

d) El no ejercicio de la acción penal.

Por tanto, al encontrarnos frente a una determinación que impide continuar con la persecución penal de los hechos denunciados, resulta procedente acudir ante el Juez de Control para que examine su legalidad.

VIII. ACTOS DE INVESTIGACIÓN PENDIENTES

Esta parte solicita que al resolver la presente impugnación se considere que quedaron pendientes, entre otros, los siguientes actos:

1.

Entrevistar a:

________________________________________________________________________.

2.

Recabar:

________________________________________________________________________.

3.

Solicitar informe a:

________________________________________________________________________.

4.

Practicar dictamen pericial en materia de:

________________________________________________________________________.

5.

Obtener:

________________________________________________________________________.

6.

Realizar:

________________________________________________________________________.

La referencia a estas diligencias tiene como finalidad demostrar que la determinación ministerial fue adoptada antes de contar con una investigación suficientemente integrada, sin pretender sustituir al Ministerio Público en la dirección de la investigación.

IX. DATOS Y CONSTANCIAS RELEVANTES

Solicito sean considerados para resolver:

1. Denuncia o querella de fecha ___ de __________________ de ________.

2. Entrevista de la víctima u ofendido.

3. Entrevistas de los testigos:

________________________________________________________________________.

4. Documentos consistentes en:

________________________________________________________________________.

5. Dictámenes periciales:

________________________________________________________________________.

6. Solicitudes de actos de investigación presentadas por esta parte.

7. Resolución ministerial impugnada.

8. Constancia de notificación de dicha resolución.

9. Los demás registros pertinentes contenidos en la carpeta de investigación.

X. SOLICITUD DE AUDIENCIA

Con fundamento en el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales, solicito se señale fecha y hora para la celebración de la audiencia correspondiente, en la que esta parte expondrá los motivos de inconformidad y argumentos encaminados a demostrar la ilegalidad de la determinación ministerial.

Solicito se cite a quienes legalmente deban intervenir en dicha audiencia.

XI. PRETENSIÓN

Solicito que, después de escuchar a las partes y analizar los antecedentes pertinentes, este Juzgado determine que la impugnación resulta fundada y, en consecuencia:

Se deje sin efectos la determinación ministerial de fecha ___ de __________________ de ________.

Asimismo, se ordene que el Ministerio Público continúe con la investigación y emita posteriormente la determinación que corresponda, debidamente fundada y motivada, después de analizar integralmente los antecedentes y practicar los actos de investigación que resulten pertinentes.

XII. DERECHO

Resultan aplicables los artículos 1, 14, 16, 17, 20 apartado C y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativos a derechos humanos, legalidad, seguridad jurídica, acceso a la justicia, derechos de la víctima y función investigadora del Ministerio Público.

Asimismo, resultan aplicables los artículos 109, fracción XXI, 258 y demás relativos del Código Nacional de Procedimientos Penales.

El artículo 109 reconoce a la víctima u ofendido el derecho a impugnar las omisiones o negligencias del Ministerio Público en el desempeño de sus funciones de investigación en los términos previstos por el propio Código.

El artículo 258 establece específicamente el control judicial de las determinaciones ministeriales antes señaladas.

XIII. PUNTOS PETITORIOS

Por lo anteriormente expuesto, a Usted C. Juez de Control atentamente solicito:

PRIMERO

Tenerme por presentado en mi carácter de víctima/ofendido, promoviendo IMPUGNACIÓN O RECURSO INNOMINADO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 258 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

SEGUNDO

Tener por impugnada la determinación ministerial de fecha ___ de __________________ de ____, emitida dentro de la carpeta de investigación número **____________________**.

TERCERO

Declarar que la presente impugnación fue promovida oportunamente.

CUARTO

Requerir los registros y antecedentes de la carpeta de investigación que resulten necesarios para resolver.

QUINTO

Señalar fecha y hora para la celebración de la audiencia prevista en el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

SEXTO

Tener por expresados los motivos de inconformidad y agravios contenidos en este escrito, sin perjuicio de los argumentos que sean desarrollados oralmente en audiencia.

SÉPTIMO

Previo debate, declarar fundada la impugnación.

OCTAVO

Dejar sin efectos la determinación del Ministerio Público mediante la cual resolvió abstenerse de investigar/no ejercer la acción penal.

NOVENO

Ordenar al Ministerio Público continuar con la investigación y emitir una nueva determinación conforme a derecho, una vez atendidos y valorados los actos de investigación pertinentes.

DÉCIMO

Ordenar que la nueva determinación ministerial se encuentre debidamente fundada y motivada y valore integralmente los antecedentes que integran la carpeta.

PROTESTO LO NECESARIO

________________________________________, a ___ de __________________ de 2026.

________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO

________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL ASESOR JURÍDICO

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